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Titulo: |
Las Aguas Subterráneas y los Acuíferos: su Estrategia de Utilización en Periodos de Sequía, en ´´La sequía en España: directrices para minimizar su impacto´´ |
Autor: |
López Geta, Juan Antonio |
Palabras clave: |
Capacidad de regulación Ley de Aguas de 1879 planes especiales |
Año de publicación: |
2007 |
Tema: |
Gestión de recursos hídricos |
Editorial: |
Comité de Expertos en Sequía Ministerio de Medio Ambiente |
País/Ciudad: |
España |
Resumen: |
Hasta mediados del pasado siglo XX, los problemas de falta de disponibilidad de recursos hídricos se debían a la carencia de infraestructuras hidráulicas de regulación, superficiales y/o subterráneas, o a las consecuencias de un periodo de sequía hídrica, más o menos largo. En ambos casos los efectos eran los mismos, sin embargo su origen era difícil de distinguir ya que los síntomas y efectos que se producían, presentaban características similares. La situación se esclarece, ya entrado el mencionado siglo, cuando se incrementa la capacidad de regulación mediante la construcción de presas y de captaciones subterráneas, cuya realización, en este último caso, se ve favorecida por la existencia de un estatus jurídico poco exigente, la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879, que sólo exige para la realización de una nueva captación, que ésta no altere los caudales de las ya existentes. A partir de este nuevo contexto, la falta de disponibilidad de recursos hídricos tiene su origen, especialmente, en los periodos de sequía hídrica, más o menos persistentes. Su efecto principal es la disminución de las aportaciones hídricas que llegan a los embalses. Para subsanarlo se recurre a la aplicación de un conjunto de medidas legales, técnicas y económicas, con un contenido especialmente dirigido a la construcción de embalses superficiales de regulación, actuaciones cuyos resultados no siempre han sido los esperados, posiblemente por la improvisación con que se han podido llevar a cabo algunas de ellas. Algo similar ha ocurrido con las aguas subterráneas, pero agravado como consecuencia de que, no sólo en algunos casos no se ha conseguido el resultado esperado, sino que también se han originado una serie de consecuencias negativas adicionales, tanto técnicas como económicas y ambientales, que no han favorecido en nada la idea fundamentada de muchos técnicos, de que las aguas subterráneas pueden constituir un recurso estratégico en situaciones de sequía. Ante este escenario nada deseable y que se ha venido repitiendo sequía tras sequía, se consideró conveniente incorporar, en la Ley del Plan Hidrológico Nacional actual, dos tipos de acciones, dirigidas, en ambos casos, a subsanar los errores cometidos en casos anteriores y a dar, a su vez, coherencia y racionalidad al conjunto de actuaciones que de forma planificada se adopten. La primera de las acciones, consiste en la elaboración de planes especiales de actuación en situaciones de alerta y sequía, en el ámbito de cada demarcación hidrográfica; estos planes deben incluir medidas para encauzar adecuadamente esas situaciones, así como el modo de gestionarse y de seguirse en el tiempo. La segunda de estas acciones contempla la elaboración de un Plan de Emergencia para los núcleos urbanos con una población superior a 20.000 habitantes. El análisis de las diferentes realidades, que se han ido dando a lo largo de todos estos años, permite extraer una serie de consideraciones de las que se pueden destacar, sobre todo, dos de ellas. Una es que la resolución o no de los problemas derivados de la sequía, no está en la falta de conocimiento científico-técnico, ni de medios humanos ni económicos, puesto que en estas situaciones se disponen generalmente de ellos y de presupuestos económicos especiales, sino que el fondo de la cuestión se encuentra en que habitualmente se ha actuado sin una planificación previa, y con un alto grado de improvisación. La otra consideración es que la solución de futuro está en la planificación y gestión de los sistemas de explotación, en los que hay que incluir como un elemento más del sistema, además de los recursos no convencionales, a las aguas subterráneas y a los acuíferos como Las Aguas Subterráneas y los Acuíferos: su Estrategia de Utilización en Periodos de Sequía 90 embalses, dada su gran capacidad de almacenamiento. Esto contribuirá al aumento de la capacidad de regulación del sistema y a la mejora de la garantía de suministro de los abastecimientos urbanos y de los regadíos. Mucha de la información necesaria para realizar esta propuesta de futuro está ya disponible, pero hay que completarla, y para ello se necesita llevar a cabo un Plan de Acción en materia de aguas subterráneas que, como recoge el artículo 29.1 de la Ley de Plan Hidrológico Nacional (Ley 10/2001, de 5 de julio), permita el aprovechamiento sostenible de este recurso, además de incluir programas para la mejora del conocimiento hidrogeológico y la protección y ordenación de los acuíferos y de las aguas subterráneas. |
ISBN/ISNN: |
No disponible |
Ubicación original: |
Disponible en: http://www.elsitiodelagua.com/i/biblioteca/medio/La_sequia_en_Espana.pdf |
Tipo documento: |
CAPÍTULO DE LIBRO |
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